El viernes 27 de enero, en la reunión de la C. Permanente se firman los siguientes acuerdos:

Escalafón de los 360 MTE de nuevo ingreso. Tras el incumplimiento del acuerdo entre la Dirección y el SCMM, para el escalafón de los MTE procedentes de la oferta de empleo de 2 de noviembre de 2015, y después de más de un año sin que ambas partes corrigiesen el desaguisado ocasionado, Solidaridad Obrera junto al resto de sindicatos que formamos la Comisión Permanente (con el rechazo del SCMM), hemos conseguido que se respeten las condiciones pactadas en el acuerdo. La reordenación del escalafón no afectará al cuadro anual de servicios ya publicado para 2017. Entrará en vigor a partir del próximo 1 de marzo. El escalafón de los 360 MTE se realizará en los siguientes términos:

– los primeros 176 (los que ingresaron en la empresa los días 1 y 15 de junio de 2016) se reordenarán entre si atendiendo a la puntuación obtenida en el curso de formación, con independencia de cuando lo hubieran podido realizar. A igual puntuación, se tomará como referencia para la ordenación la calificación obtenida en la prueba de aptitud/competencias realizada durante el proceso de selección.

-los segundos 178 (los que ingresaron en la empresa el 1 de octubre de 2016) se escalafonarán a continuación de los anteriores y entre ellos atendiendo a los criterios anteriormente expresados.

-5 de los 6 restantes, una vez superado el curso de formación, a continuación de los anteriores y entre ellos atendiendo a los criterios anteriormente expresados. Uno de los trabajadores se escalafonará (por causas excepcionales), dentro del primer grupo de junio, y por los mismos criterios establecidos para el primer apartado.

Descansos del personal del turno de noche de la Sección de limpieza de coches del Servicio de Mantenimiento de Ciclo Corto: A partir del 1 de febrero, se acuerda modificar el sistema de descanso semanal establecido, de modo que, el personal afectado disfrutará de su descanso semanal en viernes y sábado, en lugar de en sábado y domingo como venían haciéndolo actualmente. El descanso de los días festivos oficiales se trasladará a la fecha inmediatamente anterior. Para los días festivos de aplicación exclusiva al personal de la empresa (los de sustitución), se aplicará el sistema establecido en el Servicio de Mantenimiento de Ciclo Corto.

Guardias y descansos compensatorios en el sector de Oficio. Regulación en periodos de I.T. y de disfrute de licencias con derecho a retribución.  Después del plazo establecido por la Inspección de Trabajo se acuerda lo siguiente:

-El trabajador que ya estuviera en situación de I.T. 72 horas antes del inicio de una guardia se le anulará dicha guardia y los descansos compensatorios correspondientes. Por el contrario, los descansos no serán anulados cuando el trabajador inicie la situación de IT durante las 72 horas anteriores al comienzo del servicio de guardia nombrado.

-Cuando un trabajador solicite el disfrute de un permiso retribuido coincidente en fechas con un servicio de guardia previamente nombrado, dicho servicio quedará anulado al igual que los descansos compensatorios siempre que el origen del permiso fuese conocido con antelación por el trabajador. Por el contrario, no serán anulados los descansos compensatorios cuando el motivo del permiso sea sobrevenido e imprevisible para el trabajador.

Este acuerdo no será de aplicación en los distintos Servicios y Secciones donde ya existan fórmulas establecidas, ya sean procedentes de negociación colectiva, de directrices organizativas dadas al respecto o de acuerdos internos. Como las actuaciones se iniciaron en la Inspección de Trabajo el pasado mes de diciembre, el acuerdo tendrá carácter retroactivo desde el día 1 del mismo, para aquellos supuestos que hayan podido producirse.

 

Madrid 30 de enero de 2017

Por Solidaridad Obrera

La Junta Sindical

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *