Los trabajadores de Ciclo Corto, tras soportar temperaturas extremas, mientras debían trabajar en los techos de los
trenes, con temperaturas superiores a los 37º, cansados de buscar empatía, responsabilidad empresarial o la mínima prevención de riesgos, contactaron con este sindicato. El día 18 de julio (pues el 15 tuvimos dificultades informáticas) se denunció ante la Inspección de Trabajo, el incumplimiento de las medidas preventivas establecidas en esta compañía desde el año 2016.
El día 21 de julio, fuimos convocados a las 16:30 en el deposito de Cuatro Vientos, por la Inspección de Trabajo, para
comprobar los hechos, hablar con los trabajadores, con la empresa, con prevención y con los sindicatos. Gracias a la llegada temprana de la Inspectora, pudimos orquestar una reunión a solas entre ella y los trabajadores, algo muy positivo, que hace participes a los trabajadores de su propia prevención y representación, además de aportar la verdad más cercana que hay, la de las personas que lo viven. Al finalizar, se celebró la reunión habitual, en donde empresa, prevención y sindicatos expusimos nuestra visión del problema, de los incumplimientos, del trabajo por hacer y de los plazos establecidos. Durante la reunión hubo multitud de rifirrafes con los “gestores” de Ciclo Corto. Mucha pataleta, aseveraciones sobre el estado de las instalaciones que eran mentira (negación), alguna amenaza implícita (ira), indicaciones sobre que “esto se había arreglado con una llamada” (negociación), lamentos sobre la imposibilidad de cumplir las medidas preventivas (depresión) y silencio ante el requerimiento entregado por escrito (aceptación). En fin, las 5 fases del duelo en menos de 3 horas de reunión, muy curioso.
En dicho documento se establecen obligaciones para esta compañía, en materia de prevención frente al estrés térmico,
en primer lugar, la instalación de termómetros, en menos de dos meses uno provisionales, y antes de un año, los definitivos.
Como medida cautelar, dado que el problema es ahora, se acordó usar los únicos termómetros disponibles en los depósitos, el del desfibrilador. Para ello, la empresa debe hacer mediciones y establecer una desviación con respecto al techo y al foso, tomando como referencia la medida de los desfibriladores, comunicando después a empresa y trabajadores el valor de esa desviación.
Así mismo, Material Móvil deberá realizar algún tipo de documento aclarativo sobre las medidas preventivas, los cuartos de recuperación térmica, los tiempos y las fuentes de agua potable disponibles, en menos de dos meses. Quedó prohibido cualquier trabajo de mantenimiento de trenes (a cualquier altura), si la temperatura en el lugar de trabajo supera los 37º, de manera “inmediata y continua”.
También le recordó a esta compañía la obligación de cumplir la tabla (al lado) presente en la Evaluación de Riesgos Laborales realizada por el Servicio de Prevención en 2016, independientemente del turno o lugar de trabajo, de manera “inmediata y continua”. Así mismo, recordó que, los descansos por recuperación térmica deben ser en cuartos
refrigerados. Estableciendo, por último, que este requerimiento debe cumplirse en todos los depósitos de Metro de Madrid.

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