Seguimos desmenuzando el preacuerdo de Convenio, aquí va la continuación hasta la primera parte de la Cláusula 16, desde el Tiempo de Trabajo hasta la implantación del modelo de Supervisor Comercial, pasando por los permisos. Puede que se eche falta alguna explicación, pero como seguimos el orden del preacuerdo, vendrán cuando lleguemos a los anexos.

La jornada laboral se reduce en 7 horas treinta minutos desde el año 2017 quedando en 1.635 horas anuales, será acordada la forma en que se llevará a efecto, antes del 31 de diciembre de 2016 en la Comisión de Seguimiento y Desarrollo del Convenio.

Desde el 1 de enero de 2019, se disfrutarán de los once días de Permiso por Asuntos Propios (PAP), siete de ellos serán retribuidos.

                En cuanto a los permisos retribuidos, se añade un día por fallecimiento de padre, madre, hijo o cónyuge del trabajador. También se podrá solicitar permiso retribuido para asistir a los cursos de preparación al parto de la Seguridad Social, siempre que coincidan con la prestación de jornada asignada, tanto el padre como la madre.

Se acordará, en la Comisión de Seguimiento y Desarrollo del Convenio, facilitar a los trabajadores y trabajadoras el Título de Transporte Anual en razón del puesto fijo asignado, con la posibilidad de estudiar otras situaciones.

Podrán solicitarse, un máximo de tres retrasos al mes de 90 minutos. Para los trabajadores y trabajadoras pertenecientes a las Áreas de Gestión Operativa y de Control y Planificación de la Operación, que realicen turnos de mañana, incluidos los P11, uno de los tres retrasos podrá alcanzar los 120 minutos.

                Se aclara el concepto de Horas de Fuerza Mayor, y será en la Comisión de Seguimiento y Desarrollo del Convenio donde se valorarán otros supuestos que, excepcionalmente, puedan ser considerados así. No habrá más imposiciones ni confusiones para los trabajadores de Oficio de los turnos de Noche.

La Comisión de Seguimiento y Desarrollo del Convenio, buscará, durante el 2017, mejorar los sistemas de vacaciones actuales. También, para que la rotatividad sea efectiva, se modifica el sistema de vacaciones de los Técnicos Ayudantes de Nombramiento y de los Jefes de Depósito desde el 2017.

Para la implantación del modelo de Supervisor Comercial a toda la Red se incrementará la plantilla actual de Jefes de Sector de la siguiente mantera:

  • Se mantendrá, salvo casos excepcionales, al menos un Jefe de Sector por estación y turno.
  • Las y los trabajadores que se sean desplazados de su estación, sea cual sea su turno, que lo soliciten, regresarán a su estación de origen dentro de su jornada laboral.
  • Ascenderán los Jefes de Vestíbulo actualmente habilitados.
  • Los Jefes de Vestíbulo que contractualmente tengan firmado ascender, lo harán una vez estén formados. Los ascensos se producirán antes de la implantación del modelo, 1 de abril de 2017. En los casos que, por cualquier circunstancia imputable a la empresa, no se tuviera acabada la formación, el ascenso sería con carácter retroactivo a dicha fecha.
  • Se ofrecerá la oportunidad de realizar el curso y ascender a todos los Jefes de Vestíbulo, Agentes de Taquilla y Subalternos que no tienen compromiso contractual para ello. Esto siempre será de forma voluntaria.
  • Se asignan en los cuadros de J. de Sector, los puestos de refuerzo fijos, que suponen 185.000 horas Estos se distribuirán según se acuerde en la Comisión de Seguimiento y Desarrollo del Convenio.
  • Los Jefes de Vestíbulo que no acepten realizar el curso o no lo superen, tendrán 000 horas de puestos fijos de refuerzo, manteniendo su ámbito funcional y condiciones actuales, en un vestíbulo, asistiendo, como en la actualidad, a atender incidencias puntuales en otras partes de la estación.
  • Se prolongan los cuadros del año 2016 hasta el 31 de marzo de 2017 para Jefes de Sector, Jefes de Vestíbulo, OTICs, Agentes de Taquilla y Subalternos.
  • Se abonará un euro por día trabajado, a partir de la implantación de Supervisor Comercial en toda la Red, a todos los Jefes de Sector en la Prima de Eficacia, al tiempo que se garantiza que, en 2018, se abonará la cantidad máxima que se establezca en las medidas de productividad.

Madrid 7 de octubre de 2016

Por Solidaridad Obrera

La Junta Sindical

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