COMISIÓN DE SEGURIDAD

Con fecha 23 de mayo nos hemos reunido con representantes de la Gerencia de Seguridad para tratar algunos asuntos pendientes y otros nuevos que han entrado desde la última reunión en abril. Se trataron los siguientes temas que pasamos a detallar:

 

– Del bloque de temas pendientes; tenemos la campaña que se solicitó de recordatorio del reglamento de viajeros, en el que pedíamos que se actualizara o matizara la cantidad, tamaño, etc. de los bultos que se puede transportar en Metro. Se propone utilizar los carteles luminosos como forma de transmitir estos mensajes.

También para evitar problemas solicitamos, que se vuelva a sacar a línea una circular actualizada con una relación de todo el personal ajeno a Metro (policías, guardia, contratas, etc.) que pueden acceder de forma gratuita a toda la red y los requisitos que deben cumplir para hacerlo. Hemos optado por tratarlo directamente con la Operativa, ya que según los representantes de seguridad, ellos no tienen potestad para solucionarlo (hablando claro han “escurrido el bulto”).

Llevaremos también a la Unidad Operativa el tema de la Estación de Carpetana, con el fin de poder cerrar el mecanizado a partir de las 21:40 y así evitar, en gran medida, los problemas de vandalismo e inseguridad que se origina en la misma.

-Nos presentaron el Pliego de condiciones que Metro solicita a las Compañías de Seguridad sobre las funciones básicas de los servicios de vigilancia, entre otros puntos se destaca:

1.- Que siempre que sea posible, el Vigilante Jurado (V.J.) se comunicará con el Puesto de Mando, para comunicar cualquier incidente que se origine en la estación. Lo que da por entendido que primero deberá acudir a la llamada de auxilio del personal de Metro.

2.- En otro punto establece que el V.J. deberá colaborar con el personal de Metro en el cumplimiento del reglamento de viajero, así como en las tareas de información y ayuda a los viajeros y en especial se tratará de evitar actividades no permitidas en las dependencias (mendicidad, actos vandálicos, manifestaciones artísticas en los trenes, etc… ).

3.- En la normativa interna también se establece el uso de las tarjetas que utilizan para fichar y que son las siguientes: Acceso a la estación donde presta servicio, no se debe utilizar para dar acceso a los viajeros, no podrá viajar con ella, en caso de mal uso se hará responsable el V.J. y la propia empresa de seguridad y se procederá a retirársela.

4.- Se actuará contra los V.J., que presenten conductas violentas, racistas, xenófobas, etc., tras las denuncias que se reciban y se confirmen, cumpliendo los artículos 67 y 73 del R.D. 2364/1994.

-Se pone en conocimiento del personal de estaciones, después de algunos problemas surgidos, que la policía puede utilizar los cuartos de Metro para cachear a los retenidos, pero también es cierto y legal que tienen que identificarse, pero sobre todo deben dirigirse al responsable de la estación para la utilización de dichos cuartos.

 

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