REGLAMENTO DE VIAJEROS…¡¡NO HAY REGLAMENTO!!


El pasado 25 de julio de 2013 se revisó y modificó la Ley de Ordenación de Transporte Terrestre (LOTT), derogando todo el Capítulo IV del título VI. Esto ha provocado que algunas partes del Reglamento que desarrolla la mencionada Ley (RD 1211/90) hayan sufrido modificaciones y derogaciones en buena parte de su articulado.
Como consecuencia de esta revisión, el Reglamento de Viajeros del Metro de Madrid ha quedado desvirtuado en aspectos fundamentales.
Los trabajadores de Metro de Madrid estamos desamparados legalmente cuando actuemos conforme a lo marcado en el Reglamento de Viajeros, aplicando normas que han sido derogadas; todo lo recogido en los artículos 29, 30, 31, 32 y 35 que remiten a su vez a la parte derogada de la LOTT, siendo por tanto “ilegales”. Estos artículos recogen, por un lado las obligaciones de los viajeros, y por otro las infracciones y sanciones; por lo tanto, no existen, en este momento, ni obligaciones de viajeros, ni infracciones, siendo las sanciones aplicadas completamente ilegales.
Solidaridad Obrera exige la modificación del Reglamento de Viajeros en todo aquello que ha sido derogado, así como la asunción de cualquier responsabilidad legal (penal o civil) en la que pueda incurrirse por parte de los trabajadores al aplicar el Reglamento.
Nos sorprende que a una Dirección, tan ávida de aplicar las leyes en otras ocasiones, como el incumplir convenios, detraer la catorceava parte a los salarios de sus empleados, retirar el abono de transporte a sus jubilados, se le haya “escapado” la “ilegalidad” de un Reglamento de Viajeros desde hace más de un año y medio.
Por cierto, otra de Ley que también se le está “escapando” aplicar a esta Dirección es la Directiva 2003/88 de la C.E. (artículo 7.1) referente a que la retribución salarial del periodo de vacaciones debe ser comparable a la de los demás periodos de trabajo, y que ya la Audiencia Nacional ha interpretado, dictando la sentencia 194/2014 en la que condena a SWISPORT SPAIN S.L. a incluir en las retribuciones de los periodos de vacaciones el promedio de las retribuciones variables a nivel definitivo. Esto, aplicado a Metro, supone incluir en las nóminas de los periodos de vacaciones entre otros los complementos de correturnos, jornada partida, plus de reorganización, productividad, etc…
Reiteramos a la Dirección que utilice la misma diligencia y respeto a la Ley en todos los casos, y que no seleccione las leyes a aplicar según le convenga y haga oídos sordos en los demás casos.

¡¡ÚLTIMA HORA!!

Tras la indignante e injusta sentencia de la Audiencia Provincial, condenando a Alfon a 4 años de cárcel,basándose exclusivamente en la declaración de los policías que intervinieron en su detención, sin más pruebas, ni evidencias, en un castigo ejemplarizante a cualquier intento de lucha, los trabajadores debemos defender nuestro derecho a luchar, a participar en una Huelga General sin ser criminalizados por ello.

DOMINGO 11 DE ENERO, MANIFESTACIÓN A LAS 19:00H

SOL – MINISTERIO DE JUSTICIA

¡TODOS SOMOS ALFON! ¡POR MI DERECHO A LA HUELGA!

¡¡¡ALFON LIBERTAD!!!