CONSEJERO DELEGADO

UNIDAD DE PREVENCIÓN Y SALUD LABORAL

COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD

 

 

 

Asunto: Discriminación en el empleo a las mujeres embarazadas.

 

La decisión de la Dirección de la empresa, cuando conoce que una mujer embarazada ha aprobado alguna plaza para ingresar en la empresa, es negarle su legítimo derecho a realizar el reconocimiento médico, el posterior curso de formación profesional y la consiguiente contratación.

Es una actitud unilateral que cercena injustamente los derechos de toda mujer al empleo. Y vulnera los derechos fundamentales de no discriminación por razón de sexo contemplados en nuestra Constitución. Porque, con esta medida, está impidiendo el universalmente reconocido derecho de las mujeres a decidir sobre su maternidad sin que ello les suponga consecuencias negativas en el trabajo.

 Además, es necesario destacar que, en los acuerdos alcanzados por la empresa con la Representación de los Trabajadores para creación de empleo y/o convocatoria de  plazas de nuevo ingreso, no se contempla esa posibilidad; que sólo es fruto de la más retrograda mentalidad empresarial. Y los participantes en los procesos de selección desconocen con anterioridad esta condición que, con posterioridad y por su libre albedrío, aplica la empresa.

No existe en las Leyes, o en la Normativa, precepto alguno que ampare esta disposición de la empresa. No se pueden establecer impedimentos para que las mujeres embarazadas puedan acceder al mercado laboral. Y no podemos consentir que se apliquen fórmulas que constituyen un atropello para la dignidad de las mujeres y de todo trabajador.

Es  inadmisible que la empresa condicione de esta manera la voluntad de las personas, máxime cuando en los últimos años y en la mayoría de las ocasiones el reconocimiento médico se efectúa muchos meses después de haber superado las pruebas de selección del INEM. Este criterio empresarial resulta tan arcaico como el que antaño, en la época del catolicismo-fascista, obligaba, entre otras muchas, a las trabajadoras de la antecesora Compañía Metropolitano de Madrid a renunciar a su puesto de trabajo cuando quedaban embarazadas. La sociedad y las mujeres han superado hace muchos años las falsas connotaciones machistas que consideraban a la mujer como ser inferior al hombre.

Es insultante para toda mujer embarazada, y para cualquier persona, la propuesta empresarial de retrasar el proceso de ingreso en la empresa hasta que se produzca el parto. Porque humilla a la mujer y la impone una pena por su maternidad.

A toda mujer embarazada se les pueden realizar la casi totalidad de las pruebas médicas del reconocimiento médico que se efectúa en la Clínica de Metro de Madrid, S.A. Por lo que no es aceptable que se argumente que la realización de un reconocimiento médico incompleto y un curso de formación profesional puedan suponer un riesgo para su seguridad y salud. Estas mujeres embarazadas pueden desarrollar las funciones de su puesto de trabajo al igual que cualquier otra trabajadora en activo y embarazada.

Apenas hace dos semanas el Consejero de Transportes de la Comunidad, a resultas del caso de la mujer rechazada como Agente de Taquilla por haber padecido un cáncer de mama reclamó la “revisión de todos los perfiles y restricciones de acceso a los puestos de trabajo”. Y esta postura empresarial respecto a las mujeres embarazadas es una de esas restricciones anacrónicas.

Por todo ello, esta Delegada de Prevención y la Sección Sindical a la que representa rechaza rotundamente estos métodos de la Dirección; y exigimos a la empresa que, de manera inmediata y con carácter retroactivo: deje de obstaculizar a las mujeres embarazadas en su derecho a formar parte de la plantilla de la empresa, cumpla con la Legalidad dándoles un trato igualitario al de cualquier otro aspirante y pida disculpas personales a las trabajadoras afectadas por la lamentable situación personal que la Dirección de Metro de Madrid le haya hecho padecer.

Madrid, 29 de enero de 2008

Por SOLIDARIDAD OBRERA 
Fdo.: Mª Dolores Ramírez Sánchez

Delegada de Prevención