INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO   Y SEGURIDAD SOCIAL

D. Juan Antonio González Sánchez, en calidad de Secretario General de la Sección Sindical en Metro del Sindicato SOLIDARIDAD OBRERA, con domicilio a efectos de notificación en c/ Valderribas nº 49,  2º izq., 28007-Madrid (Teléfono:91-379 87 33), manifiesta que por medio del presente escrito venimos a presentar denuncia ante esta Inspección de Trabajo, contra la empresa METRO DE MADRID, S.A., con domicilio a efectos de notificación en c/ Cavanilles nº 58, 28007 de Madrid; por vulneración de condiciones de trabajo en base a los siguientes,

HECHOS:

 

Primero.- Que en la Sección número 393 denominada 5000, 1ª serie, perteneciente a la Gerencia de Mantenimiento de Ciclo Corto de Material Móvil durante alrededor de dos años hay una falta manifiesta y alarmante de Contramaestres, que no puede ser tachada de coyuntural de ninguna manera, dado el periodo de tiempo al que nos estamos refiriendo.

 

Segundo.- Que ello viene provocando que durante este  tiempo dos oficiales vengan realizando las funciones de Contramaestre de manera habitual durante el turno M de 7 a 15 h y durante el M-T de 10 a 18 horas, cursando todos los días la correspondiente hoja de diferencia, y provocando el correlativo déficit de 1 oficial en cada turno.

 

Tercero.- Que  a efectos de acreditar lo manifestado diremos que los oficiales que desarrollan habitualmente las funciones de contramaestre  son:

En el turno de Mañana D. Miguel Ángel Olivares.

En el Turno M-T D. Diego Mateo Palomino.

Cuarto.- Que esta Sección Sindical ya manifestó mediante escrito de 27 de junio de 2007, acompañando a uno firmado por 17 trabajadores afectados, la situación denunciada al responsable de la Unidad de Gestión de RRHH y RRLL.

En ambos escritos, que se adjuntan como anexo 1, se ponía de manifiesto el perjuicio que las cargas de trabajo provocaban en los oficiales, debido a la falta de uno en cada turno.

Por todo ello:

Le pedimos que teniendo por presentado este escrito, con sus copias, se sirva admitirlo, tener por formulada denuncia por los hechos expresados y, en consideración con lo expuesto y tras los trámites oportunos, si así lo estimase, procediese a estimar vulneradas las condiciones de trabajo de los oficiales de la Sección afectada por la falta de Contramaestres, dado el carácter permanente de la misma y obligue a la empresa a cubrir esos puestos de trabajo.

 

Madrid, a 16 de noviembre de 2007

Por SOLIDARIDAD OBRERA

Fdo. Juan A. González Sánchez