INSPECCIÓN PROVINCIAL de TRABAJO y SEGURIDAD SOCIAL de MADRID

D. Juan Antonio González Sánchez, en calidad de Secretario General de la Sección Sindical de SOLIDARIDAD OBRERA en Metro de Madrid, S.A., con domicilio a efectos de notificación en c/ Valderribas nº 49, 2º izda. (28007 Madrid) (teléfono y fax: 91-3798733), manifiesta que por medio del presente escrito venimos a presentar DENUNCIA ante esta Inspección de Trabajo contra la empresa METRO DE MADRID, S.A. (calle de Cavanilles nº 58, 28007 Madrid).

Nota importante: En el mes de julio la empresa habilitó estas dependencias para el traslado de determinado personal y de la actividad que se realizaba en el edificio de la C/Cavanilles. El traslado es provisional, pero ya han transcurrido casi 4 meses y la empresa no ha atendido las medidas de mejora que, por escrito, le pedimos el 8/8/2002 y reiteramos el 30/9/2002. Como demostramos, todas las medidas son básicas y lamentamos que la empresa, una vez más, no las atienda y tengamos que presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo.

Primero.- Esta denuncia se refiere a ciertas deficiencias del Negociado de Control de Recaudación ubicado en el recinto de Cuatro Caminos (c/ Virgen de Nieva, s/n).

Segundo.- El día 8/8/2002 presentamos un escrito en el ámbito del Comité de Seguridad y Salud. Atendiendo las demandas de los trabajadores y a la inspección que realizamos, pedimos a la empresa varias demandas de mejora de la seguridad.

Tercero.– Esta cuestión también la planteamos en el Pleno del Comité de Seguridad y Salud del día 24/9/2002. Durante el cual acordamos con la empresa una visita conjunta, que se realizó el día 30/9/2002. Con motivo de dicha visita, ese mismo día presentamos un segundo escrito sobre las condiciones de seguridad y salud. Adjuntamos a esta denuncia dicho escrito.  En el Pleno del Comité de Seguridad y Salud celebrado el 29/10/2002 la empresa ha contestado que no va a atender las demandas solicitadas.

Cuarto.- En el escrito que se adjunta se detallan las deficiencias que consideramos que la empresa debe abordar. Mejor dicho: debió acometer antes del traslado de los trabajos (julio de 2002). En el momento de presentar esta denuncia, los trabajadores llevan casi cuatro meses realizando su trabajo con tales deficiencias básicas.

Quinto.- Consideramos que la empresa debe atender las demandas y propuestas, puesto que son necesarias para mejorar las condiciones de seguridad y salud.

Por todo lo expuesto, le presentamos este escrito como Denuncia por los hechos expresados y, en su consideración, le pedimos que dicte Resolución instando a la empresa para que adapte las condiciones de este espacio de trabajo a lo establecido en el R.D. 485/1997 y R.D. 486/1997.

Madrid, 4 de noviembre de 2002

Fdo. Juan A. González Sánchez