A) Integración del concepto “productividad 2023” en el concepto “prima de eficacia”.
A partir del día 1 de enero de 2025, el importe del concepto retributivo denominado “Productividad 2023”, que vienen percibiendo las personas de determinados colectivos, se adicionará al importe correspondiente al concepto “Prima de Eficacia” que resulte aplicable a su respectivo colectivo. En concreto, se adicionará a este concepto un euro por día de trabajo efectivo, según se indica en el anexo V.
En consecuencia, el concepto denominado “Productividad 2023” quedará extinguido desde aquella fecha y dejará de formar parte integrante de la estructura salarial de la empresa.
B) Creación de nuevos conceptos retributivos.
Se crean los siguientes conceptos retributivos:
B.1.- Complemento de Suplencia. Su finalidad y criterios de devengo se explicitan en el apartado T de la cláusula 6ª (estructura salarial).
B.2.- Compensación por Permuta de Descanso. Su finalidad y criterios de devengo son los recogidos en el apartado U de la cláusula 6ª (estructura salarial).
