INSPECCIÓN PROVINCIAL de TRABAJO y SEGURIDAD SOCIAL de MADRID

RESOLUCIÓN de la INSPECCIÓN de TRABAJO

D. Juan A. González Sánchez, en calidad de Secretario General de la Sección Sindical de SOLIDARIDAD OBRERA en Metro de Madrid, S.A., y Manuel Delgado Andrés, Delegado de Prevención, con domicilio a efectos de notificación en c/ Valderribas nº 49, 2º izda. (28007 Madrid) (Teléfono y fax: 91-3798733), manifiesta que por medio del presente escrito venimos a presentar DENUNCIA ante esta Inspección de Trabajo contra la empresa METRO DE MADRID, S.A. (c/ Cavanilles nº 58, 28007 Madrid).

Incumplimiento del requerimiento N/REF – OS. 1-292/07 con fecha del 27/03/07 por la falta de señalización de existencia o no de mechinales.

Los mechinales se encuentran en las mismas condiciones en las que se encontraban el día de la resolución.

Habiéndose cumplido el plazo dado por el Inspector de Trabajo, D. Luis Fondevila Morales con fecha 27 de marzo de 2007, a Metro de Madrid referente a la señalización en los piñones sobre la existencia o no de mechinales en las interestaciones, y dar orden para que los mechinales permanezcan limpios y sin obstáculos que impidan el refugio de los trabajadores en caso de necesidad, cuyo cumplimiento debía de haberse realizado antes del 30/05/07, la empresa se ha limitado a darnos un listado sobre las condiciones en las que se encuentran los susodichos mechinales, obviando el requerimiento citado.

 

La empresa no ha solventado este problema, como muestra adjuntamos una foto del estado de un mechinal tomada al azar y el listado entregado por la empresa (realizados con posterioridad a la fecha límite del requerimiento como puede comprobar), donde se ve con claridad meridiana la inoperancia empresarial y la nula preocupación que tiene en materia de seguridad.

Consideramos que la empresa ha dado muestras indudables de su negligencia. Por todo lo expuesto, y ante la inoperancia empresarial para solventar esta deficiencia básica y fácil de solucionar le presentamos este escrito como Denuncia por los hechos expresados y, en su consideración, le pedimos que dicte Resolución instando a la empresa para que de una vez cumpla con el Requerimiento citado y deje de vulnerar las más elementales normas de seguridad de los trabajadores.

 

 

Madrid, 20 de septiembre de 2007

 

 

 

 Fdo. Juan A. González Sánchez

 

Fdo.  Manuel Delgado Andrés

DELEGADO DE PREVENCIÓN

RESOLUCIÓN de la INSPECCIÓN de TRABAJO